OPERATIVA

Cargas Aéreas, Marítimas y Terrestres.

Cotizaciones de Fletes por todas las vías, coordinación de cargas,seguimiento y retiro de las mismas hasta su arribo a destino.

Contratación, programación operativa y control de los medios de transporte sobre mercaderías provenientes del exterior y hacia el
exterior.

Mercaderías consolidadas y/o contenedores en el momento de embarque para exportaciones de cualquier tipo.

Control operativo de desconsolidación de contenedores en Plazoletas Fiscales y Privadas

Personal destacado en todas las areas operativas y administrativas, capacitados tecnicamente para realizar todas las tareas descriptas.


PLAZOLETA - DEPOSITO FISCAL

SERVICIO INTEGRAL EN LOGISTICA Y DISTRIBUCION.

ALMACENAJES Y MOVIMIENTOS EN PUERTO Y DEPOSITOS FISCALES.

PROVISION DE TRANSPORTE CAPITAL E INTERIOR DEL PAIS.

DEPOSITO - TRANSTERMINAL

Sito en Heredia 2.300 Avellaneda-Pcia.Bs.As. Sus instalaciones cuentan con una superficie de 16.000 m2 cubiertos y 26.000 m2 descubiertos aptos para contenedores y mercaderias de todo tipo.

Este deposito se encuentra provisto con todos los elementos necesarios y atinentes a todos los manipuleos que se efectuan dentro del predio, Personal, Herramientas y Maquinaria de gran porte para efectuar todos los movimientos los cuales, se efectuan de acuerdo a las caracteristicas de cada mercaderia. Se destaca que dicho lugar se encuentra habilitado como deposito Fiscal, contando el mismo con personal Aduanero en forma permanente y vigilancia especializada las 24 horas del día.


 

 

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05/09/2008 - EMBALAJES DE MADERA. REGLAMENTACION PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL - Se adoptan para todos los embalajes de madera y/o maderas de soporte y acomodación utilizados en el Comercio Internacional de Mercaderías que ingresen al país o transiten el mismo, la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias Nº 15 de marzo de 2002 "Directrices para Reglamentar el Embalaje para Madera utilizado en el Comercio Internacional".











Res. (SGPA) 685/05 | BO: 13/09/2005




12/09/2007 - REGIMEN DE IMPORTACION - DEFENSA DEL CONSUMIDOR. BICICLETAS.

Se establece que por el plazo de un año la comercialización de bicicletas, ya sean de producción nacional o importadas, estará condicionada al cumplimiento de la totalidad de los ensayos especificados en la Norma IRAM 40020, con excepción del ensayo identificado como 2.13 Retrorreflectores, de la citada Norma.



Disp. Conj. (SSPGC) 16/05 | BO: 12/09/2005




 

Humberto I No. 985 piso 9 of.3 (1103) Republica Argentina. Telefax (54-011) 4307-4719 / 4300-8163