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Nos
permitimos molestar su atención con el fin de poner a su
disposición todos los servicios afectados al comercio internacional
que brinda nuestra empresa. Dada la trayectoria y experiencia
adquirida en el rubro nos permite asistir en forma integral toda
la operativa afectada al mismo. El propósito de esta organización
esta orientado a mejorar los servicios de Exportación,
importación, al tal efecto se han incorporado actividades
que
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demandan
menor tiempo de gestión, agilizando el desarrollo de las
operaciones y mejorando la calidad de información a nuestros
clientes.
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El
Estudio Aduanero R.D.Garcia cuenta con un staff idóneo
y capacitado para realizar todos los trámites que se requieran
para efectivizar todo lo atinente al area de importación
y exportación. Desde el inicio de nuestras actividades
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hemos implementado el sistema multimodal lo que significa
extender nuestra gestión desde el punto de origen hasta
el destino final. Hemos establecido alianzas con todas las redes
internacionales de carga en las principales ciudades del mundo,
pudiendo de esta manera gestionar directamente transacciones convenientes
en cuanto a valores y control preembarque de todas las mercaderías.
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05/09/2007
- EMBALAJES DE MADERA.
REGLAMENTACION PARA EL COMERCIO INTERNACIONAL
- Se adoptan para todos los embalajes de madera y/o maderas de soporte y acomodación utilizados en el Comercio Internacional de Mercaderías que ingresen al país o transiten el mismo, la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias Nº 15 de marzo de 2002 "Directrices para Reglamentar el Embalaje para Madera utilizado en el Comercio Internacional".
Res. (SGPA) 685/05 | BO: 13/09/2005
12/09/2007
- REGIMEN DE IMPORTACION
- DEFENSA DEL CONSUMIDOR. BICICLETAS.
Se establece que por el plazo de un año la comercialización de bicicletas, ya sean de producción nacional o importadas, estará condicionada al cumplimiento de la totalidad de los ensayos especificados en la Norma IRAM 40020, con excepción del ensayo identificado como 2.13 Retrorreflectores, de la citada Norma.
Disp. Conj. (SSPGC) 16/05 | BO: 12/09/2005
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